El Tribunal Administrativo Resuelve en el Pliego de Ayuda a Domicilio. La aportación de AUTONOMIA OBRERA ha sido clave.

Desde Autonomía Obrera queremos efectuar las siguientes aclaraciones a La resolución del tribunal de diputación respecto al pliego de condiciones de Ayuda a Domicilio.

Entendemos que dicha resolución es muy concluyente. Por un lado le deja claro que no es el Ayuntamiento de Cádiz quien debe determinar qué convenio colectivo debe aplicarse al colectivo de trabajador@s afectados, así como a las asociaciones de Empresa que han realizado un recurso genérico, que no han mostrado las evidencias económicas por las que denuncian falta de dotación económica al margen que una ellas presentó el recurso fuera de plazo.

Toda esta problemática sale a relucir cuando desde Autonomía Obrera alertamos en la Plataforma de Contratación que faltaba por publicar el acuerdo SERCLA con las mejoras económicas y laborales del este colectivo de trabajador@s para conocimiento de los posibles licitadores, todo ello porque el Ayto de Cádiz no cumplió con la información que debe incluir en cualquier licitación pública.

Parece que Diputación de Cádiz controla mejor el servicio que el propio Ayto de Cádiz y las posibles empresas licitadoras que tenían interés en presentar una propuesta ya que la resolución sólo confirma lo que Autonomía Obrera ha manifestado desde el inicio del mismo tal como se demuestra tanto por escritos entregados al Ayto de Cádiz y publicados en la plataforma de contratación así como en comunicaciones en la mencionada plataforma.

Por otro lado el Ayto de Cádiz en su memoria justificativa de costes, hace referencia a que basa su estudio económico en el Convenio Colectivo de Ayuda a Domicilio de Andalucía, cuando la realidad es que dicho estudio económico es coincidente con la subrogación del Colectivo de trabajador@s en su actual Convenio Provincial de Limpieza de Cádiz más las mejoras económicas acordadas en SERCLA, siendo clara la resolución en cuanto a que el estudio, al margen de la injerencia y metedura de pata del Ayto de Cádiz, los costes están clasificados en la subrogación del personal con derecho al mismo, siendo este apartado un claro aviso de inmadurez realizado por el tribunal tanto al Ayto de Cadiz como a las empresas denunciantes, osea incompetencia en su máxima expresión.

Esta falta de rigor y de comunicación del acuerdo SERCLA que Autonomía Obrera tuvo que recordar se publicase en la Plataforma de Contratación, es lo que despista a las Asociaciones de Empresas que impugnaron el pliego de condiciones, pero dichas impugnaciones las realizan de manera genérica tal como detalla Diputación de Cádiz, sin realizar un estudio económico que avale sus denuncias.

Diputación de Cádiz ha puesto sentido común a todo esto simplemente aplicando la Ley de Contratación del Sector Público, donde elegantemente le dice al Ayto de Cádiz que los únicos que deben dirimir qué convenio corresponde aplicar obedece a las relaciones laborales existentes entre la representación sindical y empresas licitadoras, siendo el poder judicial el que dictamine otra cosa en caso de la existencia de conflictos entre ambos y no las injerencias que suele utilizar el Ayto de Cádiz que solo han provocado nuevamente el inicio del proceso de presentación de ofertas por su incompetencia.

El mensaje de Diputación de Cádiz ha sido claro tanto para el Ayto de Cádiz como para las Asociaciones de Empresas y no es otro que hacerles ver, tal como adelantó Autonomía Obrera, que en este servicio hay que contar con el Colectivo de trabajador@s que por fin, con su actual Convenio Provincial de Limpieza, han sumado un acuerdo SERCLA que dignifica salarialmente su trabajo después de tantos años de maltrato laboral.

AUTONOMÍA OBRERA CÁDIZ

27 DE DICIEMBRE DE 2024

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